HONOR

HONOR
«¡Disciplina! Nunca bien definida y comprendida. ¡Disciplina! Que no encierra mérito alguno cuando la condición del mando nos es grata y llevadera. ¡Disciplina! Que reviste su verdadero valor cuando el pensamiento aconseja lo contrario de lo que se nos manda, cuando el corazón pugna por levantarse en íntima rebeldía, o cuando la arbitrariedad o el error van unidos a la acción del mando. Esta es la disciplina que os inculcamos, esta es la disciplina que practicamos, este es el ejemplo que os ofrecemos.»

viernes, 22 de julio de 2011

El TC avala la condena a Rafael Vera por robar 3 millones de los fondos reservados

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo presentado por el ex secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera contra la sentencia por la que fue condenado en 2002 a siete años de prisión en relación con el uso irregular de fondos reservados.
La sentencia de la Sala Segunda del TC, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Pérez de los Cobos, señala que la interpretación de la legalidad en la causa contra Vera, realizada por distintos órganos jurisdiccionales, "es razonable y no arbitraria ni patentemente errónea", y que no se produjo indefensión como alegaba el acusado.
Así, el TC especifica que, en contra de lo sugerido por el procesado, además de las funciones de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas, éste tiene también relevantes funciones de enjuiciamiento contable que poseen un carácter jurisdiccional reconocido por dicho Tribunal.
La sentencia, fechada el pasado día 18, ha contado con el voto particular del magistrado Luis Ignacio Ortega, quien sostiene que el recurso de amparo de Vera debió ser estimado parcialmente respecto al hecho de que se haya atribuido a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de un asunto que corresponde en exclusividad a una jurisdicción especial.
La sentencia del TC resalta que en todo momento se respetó la presunción de inocencia de Vera y que en los procedimientos "no se aprecian signos de arbitrariedad o manifiesta irrazonabilidad".
Vera solicitó al Constitucional que declarara nula la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid y la posterior del Tribunal Supremo por haberse vulnerado, a su entender, los derechos fundamentales a obtener la tutela judicial efectiva.
El Ministerio Fiscal pidió que se rechazara el recurso al considerar que sus argumentos carecían "manifiestamente de fundamento", pero en 2005 la Sala Segunda del TC acordó la admisión a trámite de la demanda de amparo.
El Constitucional recuerda en su sentencia que Vera también fue condenado, en concepto de responsabilidad civil, a restituir a la Administración del Estado la cantidad de 847.427,07 euros por el dinero que sustrajo para sí, y un total de 3.029.101,01 euros, en concepto de responsabilidad solidaria por el enriquecimiento de otros, acordando el comiso de dos fincas.

PD: PUES A CUMPLIR LA SENTENCIA O QUE HABLE DE UNA VEZ, AHORA QUE SUS AMIGOS LE HAN DEJADO SOLO.

No hay comentarios: