HONOR

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«¡Disciplina! Nunca bien definida y comprendida. ¡Disciplina! Que no encierra mérito alguno cuando la condición del mando nos es grata y llevadera. ¡Disciplina! Que reviste su verdadero valor cuando el pensamiento aconseja lo contrario de lo que se nos manda, cuando el corazón pugna por levantarse en íntima rebeldía, o cuando la arbitrariedad o el error van unidos a la acción del mando. Esta es la disciplina que os inculcamos, esta es la disciplina que practicamos, este es el ejemplo que os ofrecemos.»

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viernes, 18 de octubre de 2013

CASO FAISAN

AHORA RESULTA QUE LA POLICÍA NACIONAL TOMA DECISIONES POLÍTICAS POR EL BIEN DE LOS ESPAÑOLES

Una vez leída íntegramente la sentencia dictada por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, sobre el sumario 1/2011, nos encontramos con que unos Jueces deciden que la Policía Nacional puede decidir sobre acciones políticas.

El sumario, después de liarse  en la mayoría de la sentencia con las coberturas de los móviles, que llegan a describir como especialistas en telefonía móvil, enredando la madeja. Solo les ha faltado culpar a los operadores telefónicos, del chivatazo en el susodicho CASO FAISÁN.

La sentencia pueden ustedes leérsela íntegramente en éste LINK. Les recomiendo que lean detenidamente los folios comprendidos entre la pagina 48 a la 52. En las mismas comprobaran como se tergiversa la Ley a gusto de los politicos y de esa manera se evitan condenar a más de dos años a los inculpados, lo que conlleva la no entrada en prisión y el silencio de los mismos, para que los verdaderos culpables no salgan a la luz.

.....Dicho lo anterior, si el bien jurídico ofrece la clave de la interpretación del tipo penal (interpretación teleológica), y si en los delitos de terrorismo el bien jurídico que se quiere proteger es la convivencia pacifica entre ciudadanos, o dicho de otro modo el alcanzar la paz social, así como preservar el orden constitucional, alterados por la irrupción violenta de un determinado grupo armado, que por la fuerza o violencia, intenta imponer su voluntad; si la acción realizada por los acusados tendente a favorecer el proceso dirigido a hacer cesar la actividad de una organización armada (ETA), no podemos considerar que lesionó la finalidad de la acción ejercida voluntariamente como elemento de dolo, por los acusados fue totalmente distinta al favorecimiento de la actividad de ETA y por tanto a realizar la conducta típica prevista en el artº 576 del Código Penal.

El párrafo anterior nos deja claro que según la Ley española, la policía nacional puede tomar decisiones políticas a su libre albedrío. Y no lo digo yo, lo dicen oficialmente y por escrito, unos jueces designados a dedo por los politicos españoles. Si la Ley debe ser ciega, ésta, la Ley Española  ya se opero de la vista y decide lo que le sale de los cojones.

Fíjense en el detalle donde los jueces hacen una "interpretación teleológica", una manera de ver y liar la madeja. Aquí les expongo su significado, para que ustedes mismo compruebe hasta donde pueden llegar los jueces españoles en el cumplimiento de las ordenes de quienes les han puesto en el cargo.

El origen del término puede rastrearse hasta la Grecia Antigua. Aquí es donde encontramos una caracterización de las cuatro clases de causas existentes, planteadas por Aristóteles:
- Causa material: aquello de lo que está compuesto algo.
- Causa formal: aquello que da el ser a un objeto (ver doctrina metafísica de     Aristóteles).
- Causa eficiente: aquello que ha producido (causado) un objeto.
- Causa final: aquello para lo que existe un objeto.
Tanto para Aristóteles como para muchos otros autores antiguos la causa final era la más importante en cuanto a la explicación de la Filosofía Práctica, aunque no se debe olvidar que eran necesarias las cuatro causas para la explicación completa del universo.

Claro que yo, como muchos españoles (no todos...), debemos aceptar las sentencia. Otra cosa es que estemos de acuerdo con ellas y por lo tanto podamos opinar sobre las sentencias.

Ya tenemos la experiencia de que el responsable politico del chivatazo, todos sabemos a quien me refiero,  es un experto en crear el lodazal y dejar abandonados a sus subalternos en el barro.



He leído y releído el reglamento interno de la Policía Nacional y en ningun lugar del texto, se encuentra nada que obligue a los policias nacionales a tomar decisiones políticas.

Les recuerdo que cuando el Teniente Coronel Tejero entro en el Congreso, tambien lo hizo para salvaguardar a la población española, ante lo que se le venía encima y a la vista está que todo lo ocurrido posteriormente en España ha sido en dirección a la ruina de los españoles.

Otra cosa que puede ocurrir con estas sentencias, es que "algunos" miren por su seguridad y se bajan los pantalones ante ETA. Realmente los politicos nos mean encima y los medios dicen que llueve.

martes, 23 de abril de 2013

La Fiscalía francesa pide cadena perpetua para un ex jefe de ETA


IGUALITO QUE LA JUSTICIA ESPAÑOLA, UNOS TIENEN EL CINTURÓN APRETADO Y OTROS SE BAJAN LOS PANTALONES
Desde "EL CORRALILLO", SIEMPRE

Mikel Carrera Sarobe, alias Ata, asesinó a dos guardias civile en Capbreton el 1 de diciembre de 2007.
La Fiscalía francesa ha pedido este martes cadena perpetua para el ex jefe de ETA Mikel Carrera Sarobe, alias Ata, por el asesinato de dos guardias civiles Raúl Centeno y Fernando Trapero en Capbreton, el 1 de diciembre de 2007. Carrera Sarobe fue detenido en Francia en mayo de 2010.

El fiscal Jean-Paul Content ha solicitado también al Tribunal de lo Criminal de París que condene a 30 años a Saioa Sánchez Iturregui y Asier Bengoa, los otros dos acusados de formar parte del comando que asesinó a los guardias.

El representante del ministerio público francés pide que la condena de Carrera Sarobe como "el ejecutor" de Centeno y Trapero vaya acompañada de la obligación de cumplimiento efectivo de al menos 22 años de cárcel.

Para Sánchez Iturregui y López de Armentia, que ayudaron al primero en la comisión del crimen, Content ha pedido que pasen como mínimo en prisión dos tercios de las penas de 30 años que solicita, informa Efe.
El representante del Ministerio Público ha reclamado entre 12 y 15 años de cárcel para Garikoitz Aspiazu Rubina, Txeroki, que en este proceso no está inculpado por el asesinato de Capbreton, sino en tanto que dirigente de una organización terrorista, cargo que también pesa sobre Ata.

Igualmente ha demandado que Ibón Goiaeskoetxea Arronategi reciba una pena de entre siete y ocho años, y de cinco años tanto Eider Uruburu Zabaleta como Iratxe Sorzábal Díaz, esta última la única que no ha comparecido desde el inicio del proceso el pasado día 2 ya que se encuentra en busca y captura y está siendo juzgada en rebeldía.

"Un asesinato premeditado"

Content ha dicho que ha llegado a la convicción de que el crimen de Capbreton fue "un asesinato premeditado", y eso aunque "la decisión se tomó en el aparcamiento de la cafetería" en el que Centeno y Trapero coincidieron con los tres etarras del comando.

"Fue un acto de guerra cometido en territorio francés pero sin que se respetaran las reglas de la guerra" y "ninguna democracia puede tolerar tanta barbarie", ha señalado el representante del Ministerio Público.
Ha hecho hincapié además en "la calma" y "la sangre fría" con la que actuó el comando, lo que a su parecer pone en evidencia la "premeditación", al igual que "un reparto de papeles".

En este contexto, ha señalado que fue "una acción concertada" en la medida en que "la ejecución (...) era inevitable" para los tres etarras si Trapero y Centeno confirmaban que eran guardias civiles al ponerse a registrar su coche.

Los mataron -ha argumentado- "por una única razón, que eran guardias civiles, es decir, representantes policiales de un Estado contra el que lucha" ETA, lo que a su juicio define el atentado como "terrorista".
Sobre el reparto de roles, el fiscal no ha tenido dudas de que fue Carrera Sarobe quien estuvo al frente del trío porque "solo podía ser un miembro de la jerarquía (...) con responsabilidad en la organización" el que tomara "una decisión tan grave y con tantas consecuencias".

"La lucha armada no ha dado lugar a nada positivo"

Y ha añadido que esa decisión de Ata en el lugar de los hechos "fue validada por la organización" con un comunicado, publicado el 15 de diciembre de 2007, en el que hablaba de "un enfrentamiento armado" aunque -como ha señalado Content- los agentes no llevaban armas.

"ETA quería glorificar así una acción que no tenía nada de gloriosa", ha comentado después de haber criticado la estrategia violenta de la organización terrorista, en particular desde el fin de la dictadura en España que "acabó con la muerte de Franco".

"La continuación por ETA de la lucha armada no ha dado lugar a nada positivo. Han sido muertes para nada", ha afirmado al referirse a la situación actual desde la declaración por la banda del abandono definitivo de la violencia, sobre la que ha manifestado sus dudas.

"¿Se puede tener confianza ciega en una organización (...) que decreta el cese definitivo de la violencia pero no entrega las armas?", "¿La ausencia de desarme (...) no constituye el principal obstáculo a la búsqueda de una solución negociada?", se ha preguntado el fiscal francés.

sábado, 30 de marzo de 2013

Xabier López Peña "Thierry"

EL ASESINO, SE MURIÓ.

¿QUIEN ES EL ETARRA BUENO?, SENCILLAMENTE, EL ETARRA MUERTO
ÉSTE BLOG HA RECIBIDO A UNA MUY GRATA NOTICIA Y NOS FELICITAMOS DE LA MISMA, POR SUPUESTO QUE NO SOLTAREMOS UNA LAGRIMA POR UN ASESINO, TODO LO CONTRARIO, BRINDAREMOS POR SU MUERTE Y QUE CUNDA EL EJEMPLO.

El ex-jefe de ETA encarcelado en Francia Xabier López Peña "Thierry" ha fallecido este sábado a los 54 años de edad tras haber sido hospitalizado el pasado 11 de marzo por problemas cardiovasculares, lógicamente si se carece de corazón, ocurren estas cosas, la naturaleza es muy sabia.

López Peña fue trasladado el día 11 de marzo de la prisión francesa de Fleury-Merogis al hospital Corbeil-Essonne para recibir cuidados, ya que sufría problemas cardiovasculares, carecía de corazón. Tras surgir complicaciones dos días después, "Thierry" fue evacuado al servicio de cardiología del hospital Pitié-Salpêtrière de París, al día siguiente fue operado y posteriormente sufrió un derrame cerebral, carecía de sesos y neuronas, todo era un liquido apestoso.

López Peña estaba considerado el jefe militar de ETA en el momento de su detención, en el 2008 en Francia, y se le considera el instigador del atentado de Barajas que rompió la tregua de ETA y en el que murieron dos personas. En Francia no estan por la labor de liberar asesinos enfermos, como aqui en españa con el cerdo de Bolinaga. 

Tras el fallecimiento de "Thierry", el dirigente de Sortu Joseba Permach ha señalado en una red social: "La política criminal que aplican los estados a los presos vascos acaba con la vida de Xabier Lopez Peña en París. ¿Es ésta vuestra paz?", ha preguntado.

Veamos, para contestarle a ese tontoloscojones de Joseba Permach, me basto yo solo: PUES SÍ, EN UN ESTADO DE DERECHO, SE CUMPLE LA LEY PARA TODOS Y MUCHO MAS HAY QUE CUMPLIRLA CON LOS ASESINOS. ADEMÁS TE RECUERDO, QUE MUERTO EL PERRO, SE ACABO LA RABIA Y A TODOS ESOS CERDOS ASESINOS LES IRÁ LLEGANDO SU ESPECIFICO SAN MARTÍN.
 
ASÍ QUEDÓ EL ASESINO
Un currículo sangriento
"Thierry", considerado número de uno de ETA en el momento de su detención, nació en Galdakao (Vizcaya) el 30 de mayo de 1958.

Fuentes antiterroristas le sitúan como miembro de la banda desde 1980. Según medios policiales asumió la responsabilidad de los zulos de la banda terrorista tras la detención el 18 de marzo de 1991 de Jesús Arcauz Arana, "Josu de Mondragón", responsable del aparato militar. La presión policial le obligó a abandonar Francia y a buscar refugio en Cuba.

A su vuelta de América, se incorporó a la dirección de la banda, donde pasó sucesivamente a hacerse cargo de los grupos de reserva, responsable de cursillos y jefe de la estructura militar y política de la organización terrorista.

El Tribunal Correccional de París le condenó el 8 de julio de 2005 a ocho años tras ser juzgado en rebeldía. El tribunal que juzgó a diez expresuntos integrantes del aparato de la reserva de ETA en Francia y a otros cinco activistas de la banda, encontró a López Peña culpable de ser uno de "los responsables de los apartamentos en la región de Toulouse".

El Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional ordenó el 5 de febrero de 2007 su búsqueda, detención e ingreso en prisión por colaboración con banda armada o terrorista. Juzgado nuevamente en rebeldía, el Tribunal Correccional de París le condenó el 8 junio de 2007, a dos años de cárcel y a la prohibición definitiva de estancia en Francia.

Tras el alto el fuego permanente anunciado por ETA el 22 de marzo de 2006, López Peña participó en alguna de las reuniones con el Gobierno español, de "z-ETA-p"

Fue detenido el 20 mayo 2008 en la ciudad francesa de Burdeos junto a Ainhoa Ozaeta Mendikute, Igor Suberbiola y Jon Salaberría, en una operación conjunta de la Gendarmería francesa y la Guardia Civil. En el momento de su detención las autoridades españolas le consideraban la persona con "más peso político y militar de ETA".

Pues en éste blog, brindamos por su muerte y nos alegramos de ello. ánimo, celebremos como la naturaleza no se rinde ante las traiciones políticas.