HONOR

HONOR
«¡Disciplina! Nunca bien definida y comprendida. ¡Disciplina! Que no encierra mérito alguno cuando la condición del mando nos es grata y llevadera. ¡Disciplina! Que reviste su verdadero valor cuando el pensamiento aconseja lo contrario de lo que se nos manda, cuando el corazón pugna por levantarse en íntima rebeldía, o cuando la arbitrariedad o el error van unidos a la acción del mando. Esta es la disciplina que os inculcamos, esta es la disciplina que practicamos, este es el ejemplo que os ofrecemos.»

viernes, 18 de octubre de 2013

CASO FAISAN

AHORA RESULTA QUE LA POLICÍA NACIONAL TOMA DECISIONES POLÍTICAS POR EL BIEN DE LOS ESPAÑOLES

Una vez leída íntegramente la sentencia dictada por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, sobre el sumario 1/2011, nos encontramos con que unos Jueces deciden que la Policía Nacional puede decidir sobre acciones políticas.

El sumario, después de liarse  en la mayoría de la sentencia con las coberturas de los móviles, que llegan a describir como especialistas en telefonía móvil, enredando la madeja. Solo les ha faltado culpar a los operadores telefónicos, del chivatazo en el susodicho CASO FAISÁN.

La sentencia pueden ustedes leérsela íntegramente en éste LINK. Les recomiendo que lean detenidamente los folios comprendidos entre la pagina 48 a la 52. En las mismas comprobaran como se tergiversa la Ley a gusto de los politicos y de esa manera se evitan condenar a más de dos años a los inculpados, lo que conlleva la no entrada en prisión y el silencio de los mismos, para que los verdaderos culpables no salgan a la luz.

.....Dicho lo anterior, si el bien jurídico ofrece la clave de la interpretación del tipo penal (interpretación teleológica), y si en los delitos de terrorismo el bien jurídico que se quiere proteger es la convivencia pacifica entre ciudadanos, o dicho de otro modo el alcanzar la paz social, así como preservar el orden constitucional, alterados por la irrupción violenta de un determinado grupo armado, que por la fuerza o violencia, intenta imponer su voluntad; si la acción realizada por los acusados tendente a favorecer el proceso dirigido a hacer cesar la actividad de una organización armada (ETA), no podemos considerar que lesionó la finalidad de la acción ejercida voluntariamente como elemento de dolo, por los acusados fue totalmente distinta al favorecimiento de la actividad de ETA y por tanto a realizar la conducta típica prevista en el artº 576 del Código Penal.

El párrafo anterior nos deja claro que según la Ley española, la policía nacional puede tomar decisiones políticas a su libre albedrío. Y no lo digo yo, lo dicen oficialmente y por escrito, unos jueces designados a dedo por los politicos españoles. Si la Ley debe ser ciega, ésta, la Ley Española  ya se opero de la vista y decide lo que le sale de los cojones.

Fíjense en el detalle donde los jueces hacen una "interpretación teleológica", una manera de ver y liar la madeja. Aquí les expongo su significado, para que ustedes mismo compruebe hasta donde pueden llegar los jueces españoles en el cumplimiento de las ordenes de quienes les han puesto en el cargo.

El origen del término puede rastrearse hasta la Grecia Antigua. Aquí es donde encontramos una caracterización de las cuatro clases de causas existentes, planteadas por Aristóteles:
- Causa material: aquello de lo que está compuesto algo.
- Causa formal: aquello que da el ser a un objeto (ver doctrina metafísica de     Aristóteles).
- Causa eficiente: aquello que ha producido (causado) un objeto.
- Causa final: aquello para lo que existe un objeto.
Tanto para Aristóteles como para muchos otros autores antiguos la causa final era la más importante en cuanto a la explicación de la Filosofía Práctica, aunque no se debe olvidar que eran necesarias las cuatro causas para la explicación completa del universo.

Claro que yo, como muchos españoles (no todos...), debemos aceptar las sentencia. Otra cosa es que estemos de acuerdo con ellas y por lo tanto podamos opinar sobre las sentencias.

Ya tenemos la experiencia de que el responsable politico del chivatazo, todos sabemos a quien me refiero,  es un experto en crear el lodazal y dejar abandonados a sus subalternos en el barro.



He leído y releído el reglamento interno de la Policía Nacional y en ningun lugar del texto, se encuentra nada que obligue a los policias nacionales a tomar decisiones políticas.

Les recuerdo que cuando el Teniente Coronel Tejero entro en el Congreso, tambien lo hizo para salvaguardar a la población española, ante lo que se le venía encima y a la vista está que todo lo ocurrido posteriormente en España ha sido en dirección a la ruina de los españoles.

Otra cosa que puede ocurrir con estas sentencias, es que "algunos" miren por su seguridad y se bajan los pantalones ante ETA. Realmente los politicos nos mean encima y los medios dicen que llueve.

1 comentario:

Javier dijo...

Sólo falta que nos digan que los asesinatos de ETA son operaciones de limpieza que se llevaron a cabo con vistas a renovar los puestos de trabajo que quedaban vacantes con gente nueva.